Guía básica de trámites tras la muerte de un familiar

Guía básica de trámites tras la muerte de un familiar

El fallecimiento de un ser querido es un momento doloroso y desafiante. Además del duelo, es necesario cumplir con una serie de trámites administrativos para gestionar adecuadamente todos los aspectos legales y financieros. Esta guía básica te ayudará a conocer los trámites imprescindibles que debes realizar tras la muerte de un familiar y cómo llevarlos a cabo.

 

  • Obtener el Certificado Médico de Defunción (CMD)

El primer paso es conseguir el certificado médico de defunción, que debe ser emitido por un médico. Si la muerte ocurre en un hospital, el personal del centro se encargará de ello. Si el fallecimiento se produce en el hogar, se deben contactar los servicios médicos para que expidan el certificado. Este documento debe ser presentado en el Registro Civil dentro de las primeras 24 horas. Cuando la muerte no es natural y así lo certifica el médico, se considera una muerte judicial. En estos casos, los trámites cambian significativamente.

  • Inscribir el fallecimiento en el Registro Civil

El fallecimiento debe inscribirse en el Registro Civil en un plazo máximo de 24 horas. Para este trámite se necesita el certificado de defunción, el DNI del fallecido, una copia del DNI del solicitante y una copia del Libro de Familia. Este paso es esencial para obtener la licencia de enterramiento o incineración.

  • Notificar el fallecimiento a la Seguridad Social

Es crucial informar a la Seguridad Social sobre el fallecimiento en un plazo de 30 días. Este trámite es necesario para que los familiares puedan acceder a prestaciones como pensiones de viudedad u orfandad. Para ello, se debe presentar el certificado de defunción en cualquier oficina de la Seguridad Social.

  • Comunicar el fallecimiento al Banco

Tras la muerte de una persona, las entidades bancarias bloquean las cuentas del fallecido. Los herederos deben presentar documentos como el testamento, el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el justificante del impuesto de sucesiones y la declaración de herederos para desbloquear las cuentas y gestionar los fondos.

  • Solicitar el Certificado de Últimas Voluntades

Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, se puede solicitar el certificado de últimas voluntades, que indica si el fallecido dejó testamento y ante qué notario. Para obtener este certificado, se debe rellenar el modelo 790 y adjuntar el certificado literal de defunción.

  • Obtener la Certificación de Seguros

Utilizando el modelo 790, también se puede solicitar el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Este documento permite saber si el fallecido tenía algún seguro de vida o accidentes vigente.

  • Gestionar el Testamento o la Declaración de Herederos

Si el fallecido dejó testamento, los herederos deben acudir al notario para aceptar la herencia. En ausencia de testamento, es necesario realizar una declaración de herederos ante un notario o juez para poder distribuir la herencia.

Aceptar una herencia implica asumir tanto los activos como las deudas del fallecido, mientras que renunciar a ella significa evitar posibles deudas, pero también perder cualquier beneficio. Es recomendable buscar asesoramiento legal y financiero antes de tomar esta decisión.

  • Tramitar las pensiones de viudedad u orfandad

Los familiares que tengan derecho a pensiones deben solicitarlas en la Seguridad Social dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento para no perder parte del monto retroactivo. Sin embargo, este trámite se puede realizar en cualquier momento.

  • Cancelar o transferir contratos y servicios

Es necesario cancelar o cambiar la titularidad de servicios y contratos, como suministros de agua, luz, gas, teléfono, entre otros. Para ello, se necesita el certificado de defunción y el DNI del fallecido.

  • Tramitar la baja en el Padrón Municipal

Además de los trámites mencionados, es importante dar de baja al fallecido en el padrón municipal de habitantes. Este trámite se realiza en el ayuntamiento correspondiente y requiere el certificado de defunción. La baja en el padrón es necesaria para actualizar los registros municipales y evitar problemas futuros relacionados con el censo electoral y otros servicios municipales.

 

Realizar estos trámites puede ser complicado y abrumador, especialmente en un momento de duelo. Contar con servicios funerarios completos o con el apoyo de un profesional puede facilitar el proceso, permitiendo a los familiares concentrarse en su recuperación emocional. Conocer y anticipar estos trámites ayuda a gestionar de manera más efectiva las obligaciones legales y financieras que surgen tras la pérdida de un ser querido.